Mujeres de Sucre acuden a la Interrupción Legal del Embarazo principalmente por riesgos a su salud y sus vidas
- Red Actora
- 12 ago
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Actualizado: 27 oct
Por Andrés Zegada Moscoso
El número de las Interrupciones Legales del Embarazo (ILE) aumenta cada año en Chuquisaca. Aunque la norma permite la ILE sin necesidad de un juicio iniciado contra un agresor, se continúa dependiendo de la voluntad de los médicos para realizarla.

El 97% de las interrupciones legales del embarazo (ILE) que se registraron en el departamento Chuquisaca en los últimos cinco años son realizadas en su capital, Sucre. La causa más común es el riesgo a la vida o salud de la madre, según los datos del Sistema Nacional de Información en Salud (SNIS). El registro muestra un aumento progresivo de ILE, tras seis años de inoperancia que se evidenció en el informe defensorial de 2020.

La Sentencia Constitucional 0206/2014 establece que es legal interrumpir un embarazo por violencia sexual, por riesgo a la vida o salud de la madre y por malformación congénita incompatible con la vida.
Antes de la Sentencia Constitucional 0206/2014, el Código Penal boliviano obligaba a obtener una orden judicial a mujeres víctimas de violación que buscaban realizar una ILE. El requisito era un obstáculo que retrasaba los procesos hasta que la intervención era inviable o el parto ya había ocurrido.
En el año 2020, el informe defensorial sobre la situación de la ILE como derecho humano de las mujeres evidenció las faltas de garantías para la aplicación de la Sentencia Constitucional 0206/2014, que en el caso de Chuquisaca impidieron el acceso a la ILE durante seis años.
El principal motivo fue que los médicos cuestionaron la decisión de las mujeres de someterse a una ILE “por prejuicios, desconocimiento de la norma o decisiones arbitrarias”. El informe defensorial también mostró limitaciones en infraestructura, equipamiento, medicamentos e insumos.
Según los datos del SNIS de los últimos cinco años, la causal utilizada para 835 procedimientos de ILE en Sucre fue el riesgo de salud de la madre, lo que representa el 88% de los casos del municipio. En el área rural de Chuquisaca, 30 de las 34 ILE tuvieron como causal la violencia sexual.
ILE practicadas en Sucre según causales

La abogada Gretel Ruiz, especialista en Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos, explicó que en el sistema de salud sólo se considera como causal el riesgo mortal de la madre a diferencia de lo que señala el artículo 266 del Código Penal, donde se establece que se debe aplicar una ILE cuando hay riesgo de la salud o de la vida, haciendo una diferenciación de ambos casos.
Alicia Arancibia Salazar, activista desde hace 10 años en la Articulación 28 de Septiembre por la Despenalización del Aborto, contó que cuando acompañó a una adolescente de 15 años en el hospital Lajastambo, el personal no quería aceptar la causal salud, a pesar de que la adolescente había intentado quitarse la vida. “Han sugerido a la mamá que denuncie al novio, que era dos años mayor, para que tenga causal violación y así la hija pueda acceder a la ILE”.
Pero el personal médico estaba en lo incorrecto porque según el Código Penal, en su artículo 308, las relaciones consensuadas entre adolescentes mayores de 12 años, con una diferencia de edad de hasta tres no pueden ser consideradas como violación, siempre que no exista violencia o intimación.
Refiriéndose a las fallas en la aplicación de la Sentencia Constitucional 026/2014, Gretel Ruiz explicó: “En adolescentes hay un entendimiento de que siempre son víctimas de violación sexual y no siempre es así. Desde el principio de la progresión de autonomía del Código Niño, Niña y Adolescente (NNA), los jóvenes pueden ejercer derechos sexuales y derechos reproductivos. Esto no significa que estas adolescentes no puedan acceder a la ILE. Desde las recomendaciones de derechos humanos, toda adolescente puede acceder a una ILE por la causal salud porque no está ni mental ni físicamente preparada para ser madre”.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) define la salud como un estado de completo bienestar físico, mental y social. Esto implica que cuando se habla de salud, se debe considerar de manera integral tanto la salud física como la salud mental, ya que ambas están interrelacionadas.
Limitaciones del sistema de salud para aplicar una ILE
Las ILE en Sucre se realizan principalmente en hospitales de segundo nivel, donde hay especialistas que pueden dar un trato oportuno a los casos. Sin embargo, Ruiz comentó que todavía hay reparos en la aplicación de la norma, sobre todo en los médicos especializados en ginecología. “Por esta formación obstétrica que han tenido. Han hecho su especialidad en el exterior para traer niños al mundo…vienen de una generación donde se concibe el aborto como un delito”.
ILE practicadas en Sucre por establecimiento de salud

También aclaró que el Estado le dio la responsabilidad al sistema de salud de anotar correctamente las causas de la ILE y es entendible que exista un temor a equivocarse.
“Les das como 10 o 13 manuales y normativas, por lo que ellos tienen mucha sospecha, piensan que les estás engañando. Hay que entender que ellos no son abogados”, explicó Ruiz. “No tenemos una ley de Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos que concentre toda esta información”.
El sistema de salud se rige por normas que datan de antes de la sentencia del 2014 y son anteriores incluso a la Constitución del 2009: el Código de Ética y Deontología Médica es de 2008, la Ley del Ejercicio Profesional Médico es del 2005 y el Código de Salud del año 1978.
La objeción de conciencia
Además de los vacíos en la aplicación de la norma, los médicos en el sistema de salud pública se amparan en la objeción de conciencia para negarse a realizar la ILE.
La objeción de conciencia nació en el ámbito del servicio militar obligatorio, ya que la Constitución Política del Estado (CPE) garantiza la libertad de conciencia y de religión. La objeción de conciencia se constituye en un derecho a impedir a una persona quitar la vida o ejercer violencia sobre otra. En el ámbito médico se utilizó la objeción de conciencia para evitar realizar abortos.
La objeción de conciencia es una decisión individual y no debe afectar el acceso de una usuaria a la ILE. Si un médico se niega a hacer una interrupción, es responsabilidad del Director del hospital designar a otro médico.
“El procedimiento técnico en el marco de la sentencia 2014 establece claramente cómo hacer una objeción de conciencia”, explicó Gretel Ruiz. “Se debe hacer por escrito de manera inmediata y en menos de 24 horas se tiene que garantizar el acceso a la ILE”.
Ruiz comentó que el procedimiento para la presentación de objeción de conciencia no suele cumplirse. Las objeciones se realizan de forma “disimulada”, realizando juntas médicas extraordinarias o se espera la atención de un especialista cuando en ninguna norma se dice que debe realizarlo un especialista.
Explicó que desalientan a la usuaria o las convencen de esperar y terminan aplicando otro procedimiento, como causar partos prematuros. “Eso es traumatizante, más cuando hablamos de menores de edad. Va contra los derechos de la usuaria y los procedimientos médicos de la OMS”.
Para Alicia Arancibia, ésta es la mayor traba para un correcto acceso a la ILE. También considera: “Desde el activismo creemos que tú no puedes, como funcionario, poner tu creencia por sobre las leyes”.
Arancibia aseguró que se necesita más control en la aplicación de la normativa para evitar poner en riesgo la vida de las niñas y mujeres. Afirmó que el incumplimiento de la sentencia constitucional obliga a las usuarias a buscar servicios privados con costos que se estiman entre 3.000 y 4.000 bolivianos o buscar realizarse abortos clandestinos para las personas que no pueden pagar costos elevados, criminalizando así a las más empobrecidas.





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